Procede recurso de amparo contra Ministerio de Salud
Sharon Cascante [email protected] | Martes 24 septiembre, 2013 12:00 a. m.

Procede recurso de amparo contra Ministerio de Salud
En nueve meses se deben implementar los parámetros de análisis del agua establecidos en el artículo 10 y del cuadro B del anexo 2 del Decreto 32327-S sin perjuicio de la aplicación de estándares aún mayores a los ahí establecidos.
El artículo 7 de este Decreto, dispone que el nivel tres de control destinado a determinar la presencia de arsénico en los acueductos, debía aplicarse únicamente en aquellos que abastecen a poblaciones mayores a 50 mil habitantes.
Daniela Cárdenas
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